Declaración de culpabilidad: Plea Bargaining
La negociación de la culpabilidad consiste en el intercambio de cualquier concesión real o aparente por una declaración de culpabilidad. Sin embargo, el término a veces se utiliza de manera informal para incluir discusiones sobre otras cosas. Por ejemplo, cuando un fiscal ofrece un trato favorable a un acusado a cambio de que éste testifique contra otros presuntos delincuentes, el fiscal puede referirse a esta oferta como negociación de los cargos. Del mismo modo, un abogado defensor que se acerca a un fiscal para solicitar la desestimación de los cargos penales pendientes puede referirse a su discusión como negociación de los cargos. Sin embargo, estos usos del término parecen imprecisos. Una desestimación sin reservas de los cargos no implica ni una declaración ni un intercambio, y el intercambio de concesiones de un fiscal por el testimonio de un sospechoso o un acusado puede ocurrir sin la entrada de una declaración de culpabilidad.
De acuerdo con la definición ofrecida anteriormente, la negociación de los cargos no incluye la desviación previa al juicio. Aunque la desviación es a menudo el resultado de una negociación y puede concederse a cambio de concesiones (por ejemplo, el acuerdo del acusado de participar en un programa de tratamiento específico), no conduce a una condena en una declaración de culpabilidad. En cambio, si el acusado cumple con las condiciones requeridas, los cargos pendientes se desestiman y el caso se «desvía» del sistema de justicia penal.
Es común distinguir entre la negociación expresa y la implícita. La negociación expresa se produce cuando un acusado o su representante negocian directamente con un fiscal, un juez de primera instancia, o (muy raramente) con otro funcionario sobre los beneficios que pueden seguir a la entrada de una declaración de culpabilidad. La negociación implícita, por el contrario, se produce sin negociaciones cara a cara. Los funcionarios -especialmente los jueces que dictan sentencia- establecen una pauta de tratamiento de los acusados que se declaran culpables más indulgente que los que ejercen el derecho a juicio, y los acusados, por lo tanto, llegan a esperar que la presentación de declaraciones de culpabilidad sea recompensada.
Las concesiones que los funcionarios pueden ofrecer por una declaración de culpabilidad son casi ilimitadas. Normalmente, un fiscal acepta reducir un solo cargo contra un acusado a un delito menos grave (por ejemplo, sustituyendo un cargo de homicidio por uno de asesinato en primer grado), reducir el número de cargos contra un acusado (por ejemplo, desestimando cuatro cargos de cheque sin fondos cuando el acusado se declara culpable de uno), o recomendar una sentencia concreta al tribunal (una que el acusado probablemente considere más indulgente que la sentencia prevista tras una condena en el juicio). La negociación para una reducción del número o de la gravedad de los cargos penales se denomina negociación de los cargos. La negociación de una recomendación de sentencia favorable por parte del fiscal (o la negociación directa con un juez de primera instancia para obtener una sentencia favorable) se denomina negociación de la sentencia.
En los casos de negociación de la sentencia, los jueces de primera instancia en un número considerable de jurisdicciones deben imponer sentencias no más severas que las recomendadas por los fiscales o bien ofrecer a los acusados la oportunidad de retirar sus declaraciones de culpabilidad. Incluso cuando los jueces de primera instancia son legalmente libres de apartarse de las recomendaciones de sentencia negociadas por los fiscales, tienden a hacerlo con poca frecuencia.
Aunque la negociación de los cargos y la negociación de la sentencia son las formas más comunes de negociación de los cargos, no son las únicas. En la negociación de los hechos, un fiscal acuerda no impugnar la versión de los hechos del acusado o acuerda no revelar las circunstancias agravantes de los hechos al tribunal. Esta forma de negociación es probable que se produzca cuando la prueba de una circunstancia agravante podría conducir a una sentencia mínima obligatoria o a una sentencia más severa según las directrices de sentencia. Un fiscal también puede acordar ofrecer clemencia a los cómplices del acusado, ocultar información perjudicial al tribunal, influir en la fecha de la sentencia del acusado, disponer que el acusado sea enviado a una institución penitenciaria concreta, solicitar que el acusado reciba un crédito en la sentencia por el tiempo servido en la cárcel en espera del juicio, aceptar apoyar la solicitud de libertad condicional del acusado, intentar que se desestimen los cargos en otras jurisdicciones, disponer que la sentencia se dicte en un tribunal determinado por un juez concreto, proporcionar inmunidad por delitos aún no imputados, o simplemente guardar silencio cuando una recomendación pueda ser desfavorable.