El significado de «La vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad»
Al celebrar una vez más el aniversario de la Declaración de Independencia de nuestra nación, podemos sentirnos legítimamente orgullosos de su reconocimiento de que todos los hombres están «dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables, que entre ellos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad». Estas palabras recuerdan a los gobernantes, no sólo de este país sino de todas las naciones, los límites de su poder, una frontera moral que nunca debe ser violada si el gobierno quiere conservar su legitimidad.
Sin embargo, es crucial que volvamos a revisar este patrimonio. No dudo que la mayoría de los estadounidenses puedan recitar estas palabras de memoria; pero tengo grandes dudas de que los estadounidenses las interpreten de la misma manera. Por eso estas palabras no deben ser un mero texto expuesto en el museo de la memoria nacional. Más bien, deben ser los principios que iluminen el debate público y guíen la razón pública. John Courtney Murray, SJ, reflexionó sobre la tradición política estadounidense en su libro We Hold These Truths. Comienza su análisis recordando al lector que la civilización está formada por hombres que crean una comunidad a través de la deliberación. Por lo tanto, en el corazón de toda civilización, debe haber una discusión continua sobre los valores que mantienen al pueblo unido. Esta discusión debe hacerse continuamente, ya que el pueblo debe estar convencido de que estos valores son verdaderos y de que existe un acuerdo sobre su significado. Murray reconoce que sin este argumento, la sociedad carecería de una base estable: «En la argumentación pública debe haber, en consecuencia, una continua recurrencia a los primeros principios. De lo contrario, el consenso puede llegar a parecer simplemente una proyección de la experiencia efímera, una sombra pasajera sobre el telón de fondo de una determinada escena histórica, sin la permanencia propia de las verdades que se «sostienen»»
Se ha convertido en un tópico que Estados Unidos es un país dividido. Está claro que hay poco acuerdo sobre el significado de los principios más básicos. Se cuestiona el derecho a la vida, especialmente para los que se encuentran al principio de la vida y los que están cerca de su final; la idea de libertad ha llegado a entenderse como una autonomía libertina que persigue la expresión individual sin restricciones como único objetivo de la vida; y la búsqueda de la felicidad ya no se considera el bien común que persiguen los hombres juntos, sino que ahora se considera una licencia para el individualismo radical antisocial. Cada una de estas tendencias erosiona la sociedad, ya que si no nos ponemos de acuerdo sobre estos principios básicos, no podemos esperar llegar a un acuerdo sobre cuestiones más controvertidas. Para que Estados Unidos sobreviva como civilización, tenemos que participar en la discusión pública para redescubrir el verdadero significado de estos derechos; debemos ponernos de acuerdo sobre ellos como los principios comunes que constituyen nuestra unión moral como nación.
Nuestros derechos se basan en la naturaleza humana
Sugiero que los principios fundacionales de «Vida, Libertad y búsqueda de la Felicidad» sólo pueden entenderse adecuadamente desde la perspectiva de la ley natural. La ley natural insiste en que los derechos se basan en la realidad de la naturaleza humana. La naturaleza humana es una realidad universal e inmutable que permanece igual en todo el mundo y a lo largo de la historia. Es, por tanto, un referente objetivo que puede ser descubierto por la razón en cualquier momento y lugar. Sólo si definimos los derechos tal y como los entiende la ley natural podemos estar seguros de que existe un acuerdo razonado entre los ciudadanos. Además, también podemos saber que estamos de acuerdo con los Fundadores que redactaron la Declaración, así como con todas aquellas generaciones que heredarán esta nación de nosotros. Así pues, sólo mediante un argumento de derecho natural se puede delinear una noción objetiva de los derechos. Se puede objetar que los fundadores no estaban directamente influenciados por Santo Tomás y la tradición católica del derecho natural; sin embargo, está claro que el derecho natural impregnó su pensamiento de forma indirecta a través de la cultura cristiana compartida y de la herencia del derecho común británico.
Si es cierto que somos una nación dividida, yo sugeriría que la fuente última de nuestras divisiones actuales reside en nuestra comprensión radicalmente divergente de los derechos. En las últimas décadas, el concepto de «derecho» se ha separado de su fundamento objetivo en la naturaleza humana, por lo que se ha convertido en una realidad puramente teórica e infinitamente maleable. Tradicionalmente, la idea de derecho (ius) implicaba un estado de cosas objetivamente correcto en el que un ser humano se comportaba y era tratado de manera acorde con esa naturaleza humana. En cambio, la filosofía moderna ha abolido la idea de una naturaleza humana universal. Por lo tanto, los derechos ya no pueden definirse en función de estas relaciones morales objetivas. En lugar de este fundamento objetivo, los derechos surgen ahora de meras preferencias subjetivas que deben ser protegidas de cualquier interferencia por parte de otros. El carácter sagrado de las preferencias individuales pronto se amplía hasta incluir la idea de derechos, preferencias que deben ser suplidas por otros. Un breve examen de los debates públicos demostrará ampliamente cómo no hay límite a lo que algunos reclaman ahora en nombre de los derechos: el «matrimonio» homosexual, la eutanasia, la asistencia sanitaria gratuita e incluso una renta mínima universal. Así, sin la naturaleza humana como referencia objetiva para determinar lo que constituye un derecho, la idea se convierte en una variable vacía sobre la que los individuos proyectan la más arbitraria de las preferencias.
En contra de esta noción moderna de los derechos, consideremos lo que dice la tradición del derecho natural. En su estudio seminal El Estado en el pensamiento católico, Heinrich Rommen define un derecho como «aquella conformidad con la naturaleza social humana de los actos y relaciones sociales entre las personas y entre las personas y las cosas». Es la propia naturaleza humana, y en particular su naturaleza social que implica relaciones necesarias con otros hombres, la que determina qué tipo de actos y relaciones son correctos. Dado que se basan en la naturaleza humana, estos derechos no son otorgados por el Estado, ni mucho menos ideados según las preferencias individuales. Por el contrario, reflejan lo que es necesario para que el hombre realice todo aquello de lo que es capaz la naturaleza humana, es decir, para que alcance una relación correcta con la propia naturaleza humana. Es aquí, en particular, donde creo que algunos conceptos básicos de Santo Tomás de Aquino pueden ayudar a dilucidar el significado de «Vida, libertad y búsqueda de la felicidad» en su relación con la realidad de la naturaleza humana.
Explicación tomista de la Declaración
Una doctrina fundamental del relato tomista del mundo natural es que existe una relación esencial entre lo que algo es y lo que esa cosa hace. Si vemos un árbol con manzanas, sabemos que debe ser un manzano ya que ningún otro árbol es capaz de cultivar manzanas. Del mismo modo, yo plantaría un manzano con la esperanza de cosechar manzanas, sabiendo que la naturaleza del árbol está orientada al acto de cultivar manzanas. Thomas se refiere a esto como una relación entre «primer acto» y «segundo acto», siendo cada «acto» un modo de realidad. Lo que algo es realmente o de hecho (primer acto) determina lo que algo hace realmente o de hecho (segundo acto). Así, por ejemplo, dice: «Hay dos tipos de perfección, primera y segunda. La primera perfección es la forma de cada cosa, y aquello por lo que tiene su acto de existir…. La segunda perfección es la operación, que es el fin de una cosa o el medio por el que una cosa alcanza su fin». Obsérvese que hay una diferencia importante entre estos dos tipos de realidad. Lo que una cosa es, su primer acto, permanece constante e inmutable mientras la cosa siga existiendo. Pero lo que una cosa hace cambia constantemente: en unos minutos puedo estar sentado, caminando, pensando y durmiendo. Además, lo que una cosa «hace» también incluye la obtención de propiedades, como el peso, la complexión y la ubicación, que también son cambiantes. Así, todos los seres naturales se encuentran en un estado constante de desarrollo y cambio con respecto a sus propiedades, pero la cosa misma permanece estable como causa subyacente de estas propiedades cambiantes.
Pero este hecho de las propiedades cambiantes también revela otra verdad importante. Los cambios que se producen no son normalmente caprichosos, sino que manifiestan un orden sistemático: todas las actividades y propiedades están dirigidas a una actividad que es el fin último por el que existe la naturaleza. Por ejemplo, todos los cambios que experimenta un manzano, desde la germinación hasta el crecimiento de las flores, están ordenados al crecimiento de los frutos. De hecho, Tomás dice que Dios crea las naturalezas en aras de la actividad, ya que ésta es esencial para la perfección del universo como un todo dinámico. Así, dice: «En efecto, todas las cosas creadas parecerían, en cierto modo, carecer de propósito, si no tuvieran una operación que les es propia; ya que el propósito de cada cosa es su operación. Porque lo menos perfecto es siempre por causa de lo más perfecto: …así la forma que es el primer acto, es por causa de su operación, que es el segundo acto; y así la operación es el fin de la criatura.»
¿Y cuál es la actividad a la que se dirige la naturaleza humana? Es la felicidad. Pero la felicidad es el fin de la naturaleza humana, común a todas las personas, y por ello es una verdad objetiva. La felicidad no es algo que cada persona sea libre de definir por sí misma. Al igual que un manzano encuentra su perfección en el cultivo de manzanas, la felicidad como perfección de la naturaleza humana debe definirse en términos de las facultades distintivas que distinguen a los humanos de otras naturalezas: la razón y el libre albedrío. En consecuencia, la felicidad es la actividad de crecer en sabiduría y amor, una actividad que sólo puede encontrar su culminación en la Visión Beatífica en la que conocemos la Verdad misma y amamos a Dios que es la bondad misma. Sin embargo, en este mundo el hombre está llamado a alcanzar una felicidad limitada; y este hecho es la fuente de los derechos humanos. Los derechos se derivan de lo que sea necesario para que el hombre alcance la felicidad en términos de sabiduría y amor.
Entendiendo correctamente la Vida, la Libertad y la Búsqueda de la Felicidad
Apliquemos esto de nuevo a la Declaración. La ley natural puede revelar un significado muy específico de nuestro derecho a la vida y a la búsqueda de la felicidad. Aristóteles sostiene que la vida es el ser de los seres vivos; es decir, la existencia misma de los seres animados está ligada a la vida. Las facultades de la vida, que en el hombre incluyen las facultades de la razón y la voluntad, son causadas por la presencia de un alma, que es, como dice Aristóteles, la forma del cuerpo. Así que podemos ver que el derecho a la vida se relaciona con nuestro primer acto como entidad individual, ya que mientras existimos como un ser humano vivo, tenemos la capacidad de crecer en sabiduría y amor. Por lo tanto, desde el momento de la concepción hasta la muerte natural, mientras exista un alma, el ser humano tiene derecho a existir.
Pero los humanos viven para poder alcanzar la felicidad. Por lo tanto, el ser humano tiene derecho a actuar de esa manera más humana, a crecer en sabiduría y amor. Es decir, dado que la meta de la existencia humana radica en el ejercicio de la razón y la voluntad, tenemos derecho a poder desarrollar nuestro intelecto creciendo en el conocimiento de la verdad y a perfeccionar el amor al bien de la voluntad deleitándonos en la bondad de la creación. Sin embargo, está claro que para que el hombre florezca de esta manera es necesario que haya derechos más específicos que permitan el uso de la razón y la voluntad. Dado que el conocimiento crece a través de la conversación con otros, y el amor crece a través de la amistad, estos otros derechos se centran en las relaciones necesarias que el hombre tiene con los demás. Sin embargo, a diferencia de muchos de nuestros contemporáneos, que exigen derechos que reflejen nuestras preferencias aleatorias, podemos buscar en el Decálogo una guía para saber lo que los humanos realmente necesitan. Así, por ejemplo, hay un derecho a la libertad de religión para que podamos saber que es Dios en quien reside nuestra felicidad última. También se necesita una sociedad estable en la que se asegure la paz y se proteja la justicia, por lo que hay autoridades que tienen derecho a ser obedecidas cuando deciden por el bien común. Además, la persona tiene derecho a una vida familiar privada como primera escuela de virtud, por lo que hay que proteger la santidad del matrimonio. También hay derecho a la propiedad privada, para que uno pueda alcanzar la madurez y la independencia ejerciendo la administración. Y si queremos crecer en sabiduría, existe el derecho a la comunicación veraz con otras personas. De este modo, como argumentó San Juan Pablo II en Veritatis Splendor, el Decálogo indica aquellas reglas que deben ser observadas si queremos obtener la felicidad que todos deseamos.
Así queda el derecho a la Libertad de la Declaración. De nuevo, la filosofía de Tomás puede arrojar gran luz. En la filosofía de Tomás, el «acto» está siempre correlacionado con la «potencia». Mientras que el acto es lo que algo realmente es, la potencia indica la capacidad de ser otro o de cambiar. La razón por la que nuestras acciones y propiedades cambian es que la naturaleza tiene la potencia de hacer otra cosa: estoy sentado, pero puedo estar de pie; soy pesado, pero puedo adelgazar; estoy pálido, pero puedo broncearme. Así, aunque las naturalezas existen por su actividad, también es obvio que no todas las naturalezas alcanzan realmente esa actividad: no todos los manzanos dan fruto, y no todos los humanos crecen en sabiduría y amor. Sin embargo, cada entidad tiene ciertamente el poder o la inclinación de alcanzar su fin. Esta es la potencia inherente a cualquier ser humano, llegue o no a la felicidad.
Como se ha mencionado anteriormente, el poder peculiar por el que un ser humano alcanza su fin es a través del uso adecuado de su razón y libre albedrío; es a través de este potencial que alcanzamos la felicidad. Pero la razón y la voluntad son la fuente de la libertad humana, porque podemos conocer la realidad objetivamente y juzgar lo que debe hacerse. Así, mientras los animales actúan sólo por instinto, los seres humanos tienen que ejercer un juicio deliberativo. Esta elección es «correcta» si se ajusta a la realidad de la naturaleza humana maximizando la sabiduría y el amor, e incorrecta en la medida en que se aleja de alcanzar la sabiduría y el amor. La libertad, por tanto, es una libertad ordenada, un ejercicio de elección en aras de una noción objetiva de felicidad. Esto contrasta con la forma en que el derecho a la libertad se ha interpretado en las últimas décadas como un poder totalmente irrestricto. El mejor ejemplo es la famosa «cláusula del misterio» de la decisión Casey del Tribunal Supremo de 1992: «En el corazón de la libertad está el derecho a definir el propio concepto de la existencia, del significado, del universo y del misterio de la vida humana». Si ésta fuera la libertad defendida por la Declaración, nunca podríamos haber formado una sociedad. Interpretada correctamente, la libertad no significa que podamos hacer cualquier cosa; significa que podemos trabajar hacia la felicidad de múltiples maneras. Siguiendo la notable noción de libertad del juez Kennedy, el hombre no es libre para determinar la naturaleza de la realidad, especialmente la realidad de la naturaleza humana y la felicidad que se deriva de ella. Sin embargo, sí tenemos libertad, ya que Dios ha dado diferentes dones a diferentes personas, y cada una debe realizar la vocación a la que Dios le ha llamado; nuestra libertad reside en la capacidad de realizar aquello para lo que fuimos creados.
Nuestra nación ha prosperado protegiendo los derechos a la Vida, la Libertad y la búsqueda de la Felicidad. Sin embargo, en las últimas décadas, al olvidarnos tanto de la naturaleza humana como del Dios que la creó, estos principios se han interpretado de forma fantasiosa y destructiva, provocando divisiones aparentemente insuperables en la sociedad. Si retomamos el argumento público que se exige a todo pueblo civilizado, podemos recuperar el verdadero significado de estos derechos. Para ello, basta con recordar el axioma más básico de la filosofía tomista: la acción se deriva del ser. Atendiendo a esto, podemos proteger la vida en su totalidad, y definir la libertad y la felicidad de acuerdo con la verdad de la naturaleza humana, asegurando así el bien común anhelado por aquellos que fundaron por primera vez los Estados Unidos en nombre de los derechos humanos universales.
Nota del editor: La imagen de arriba es un detalle de «Redacción de la Declaración de Independencia, 1776» pintado por Jean Leon Gerome Ferris (1863-1930) para la Biblioteca del Congreso.