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Entendiendo la agresión sexual y el consentimiento

¿Qué es la agresión sexual?

La agresión sexual es cualquier tipo de contacto o comportamiento sexual que ocurre sin el consentimiento del receptor.

La agresión sexual ocurre cuando una persona es forzada, coaccionada o manipulada a cualquier actividad sexual no deseada.

La agresión sexual nunca es tu culpa.

¿Qué es el consentimiento?

El consentimiento es estar de acuerdo en participar en una actividad sexual. El consentimiento significa que los individuos conocen y entienden lo que se está acordando.

A veces no se puede dar el consentimiento legal para la actividad o el contacto sexual. Por ejemplo, si eres:

  • Amenazado, forzado, coaccionado o manipulado para que acepte
  • No puede físicamente (está demasiado borracho o drogado, desmayado o dormido)
  • No puede mentalmente (debido a una enfermedad o discapacidad)
  • Menor de 16 años en WA

¿Qué dice la ley?

Según el estatuto de la ley de Washington, RCW 9A.44.010 :

«Contacto sexual» significa cualquier toque de las partes sexuales u otras partes íntimas de una persona hecho con el propósito de gratificar el deseo sexual de cualquiera de las partes o de un tercero.

«Consentimiento» significa que en el momento del acto de la relación sexual o del contacto sexual hay palabras o conductas reales que indican un acuerdo libremente dado para tener relaciones sexuales o contacto sexual.

Hay varios delitos graves de agresión sexual que pueden ser acusados en el estado de Washington. Algunos de los delitos sexuales más comunes se discuten a continuación:

  • Violación en el 1er Grado (RCW 9A.44.040) es severo en el sentido de que muestra el uso de la fuerza, ya sea con un arma mortal, secuestro, lesiones graves, o al entrar ilegalmente para llegar a la víctima.
  • Violación en el 2º Grado (RCW 9a.44.050) se utiliza generalmente en casos de coacción forzada o cuando la víctima está físicamente indefensa (como estar dormido) o mentalmente incapacitado.
  • Violación en el 3er Grado (RCW 9A.44.060) se utiliza a menudo en una situación de «violación de la fecha» o cuando ha habido una falta de consentimiento para las relaciones sexuales. Este estatuto se utilizaría cuando la víctima no dio su consentimiento, como se define en RCW 9A.44.010 (7), a las relaciones sexuales con el autor y dicha falta de consentimiento fue claramente expresada por las palabras o la conducta de la víctima.
  • Libertades Indecentes (RCW 9a.44.100) es cuando una persona hace que otra persona tenga contacto sexual con ellos, ya sea por la fuerza, cuando la persona es incapaz de dar su consentimiento (es decir, mentalmente defectuoso, mentalmente incapaz, o físicamente indefenso), cuando la víctima es discapacitada en su desarrollo.

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