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Mensaje a Proveedores Aprobados para Paquetes de Reclusos

En un esfuerzo por reducir el contrabando y las búsquedas que consumen tiempo de los paquetes destinados a los reclusos, los miembros de la familia no pueden enviar paquetes de reclusos, también conocidos como paquetes trimestrales, directamente a los reclusos, que están encarcelados en la Prisión Estatal de California.

Desde 2003, el CDCR ha contratado a una serie de empresas estatales y nacionales que se aseguran de que los reclusos reciban los paquetes.

Antes de la lista de proveedores, si se encontraba algo en un paquete enviado por un familiar a un recluso que no estaba permitido – el recluso tenía que pagar para enviarlo de vuelta a su familiar o se donaba o desechaba.

Los proveedores deben recibir la aprobación del CDCR antes de prestar servicios a las instituciones. La aprobación de los proveedores del CDCR se limita a los requisitos mínimos de seguridad y a la intención comercial general. Las compras de los proveedores son a riesgo exclusivo del comprador. El CDCR no asume ninguna responsabilidad por dichas compras. Cualquier problema o disputa con respecto a los productos del proveedor es responsabilidad exclusiva del comprador y/o del proveedor, y el CDCR no está obligado a mediar o resolver tales disputas.

Cualquier fondo enviado a un recluso seguirá siendo objeto de restitución según lo ordenado por el tribunal de sentencia. Sin embargo, las familias que compran paquetes directamente de un proveedor no se ven afectadas por la restitución.

Para obtener una lista de proveedores aprobados, haga clic aquí.

Artículo 43 de la DOM – Propiedad del recluso

Vea la política del artículo 43 de la DOM con respecto a la propiedad del recluso. /Cuando se abra el documento, escriba el artículo 43 como criterio de búsqueda y pulse . Después de unos segundos, debería llevarte directamente a la sección de Bienes de los Presos.

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