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Modificar la Custodia y Colocación de los Hijos en Wisconsin

¿Cuándo se puede modificar la Custodia de los Hijos en Wisconsin?

Hay ciertas circunstancias en las que es muy recomendable intentar gestionar los acuerdos de colocación de los hijos en cooperación con su ex-cónyuge. Por ejemplo, si las horas de trabajo de uno de los padres cambian, trabajar juntos para resolver los horarios temporales puede ser beneficioso.

Sin embargo, si una situación como esta lleva a que uno de los padres disminuya a propósito las horas de oportunidad del otro para estar con el niño, presentar una moción ante el tribunal solicitando una modificación para la custodia o la colocación puede ser la única opción.

Los cambios de horario pueden afectar la capacidad del niño para llegar a la escuela a tiempo o afectar negativamente el estado de ánimo del niño con uno o ambos padres.

Los tribunales de Wisconsin tendrán en cuenta este tipo de factores, incluso dentro del período de prueba de dos años, y los arreglos que los padres hicieron pueden ser modificados por un juez de familia para beneficiar la seguridad y los derechos del niño, no de los padres.

Dentro de los 2 años de la sentencia final

A menos que se indique lo contrario, el tribunal no modificará ninguna orden hasta que hayan pasado dos años desde la sentencia final. La razón principal por la que existe un límite de dos años tan estricto es para permitir que tanto los padres como el/los niño/s tengan la oportunidad de acostumbrarse al nuevo acuerdo.

Dentro de 2 años de la sentencia definitiva

Después de dos años, el acuerdo de colocación de los niños puede ser modificado. De acuerdo con los estatutos vigentes, las modificaciones posteriores se permiten en determinados casos y previa existencia de todos los requisitos exigidos. Los casos en los que se pueden modificar las órdenes de custodia de los hijos:

  • Cuando uno de los progenitores del niño ha violado una orden judicial legítima o
  • Cuando la madre o el padre alegan que ciertas circunstancias han cambiado
    • Cualquiera de los progenitores custodio y no custodio puede presentar una petición en el tribunal para la modificación de una orden de custodia de los hijos en particular. Se debe presentar una declaración jurada debidamente verificada ante el tribunal que emitió la orden que se pretende modificar.

      La parte que presenta la petición tiene la carga de probar que existe la necesidad de cambiar una orden definitiva previamente declarada por el tribunal. Él o ella tiene la responsabilidad de presentar pruebas para convencer al tribunal de modificar el decreto relativo a la custodia de los hijos.

      Cuando se trata de este tipo de casos, se deben seguir los requisitos constitucionales para el debido proceso. La parte que busca la modificación debe notificar a la otra parte con una notificación adecuada, y asegurarse de que la otra parte es consciente de la moción existente que pide el cambio en la orden de custodia de los hijos.

      Durante la audiencia del caso, la parte que busca la modificación también puede pedir al tribunal que declare al otro padre en desacato por la violación de una orden judicial. Cualquier prueba presentada para la moción de modificación puede ser admitida como prueba para la moción de desacato.

      Si usted es la parte que desea solicitar la modificación de una orden de custodia de los hijos, tiene que asegurarse de que el interés superior de su hijo será el centro de la acción legal. También es su deber reunir pruebas para demostrar al tribunal que hay un cambio sustancial en las circunstancias que rodean el caso.

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